Saltar la navegación

El alumnado

  • Normativa de referencia:
  1. Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial.
  2. Decreto 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes, a excepción de los universitarios.
  3. c) Orden de 20 de junio de 2011 por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas.

 

Capítulo I – Derechos y deberes.

 

Artículo 2. Deberes del alumnado.

 

El estudio y su formación como persona es el deber básico del alumnado , así como respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado . Por lo tanto , para que esto sea posible debe de respetar estas normas:

           

 1.-La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad. Justificar las faltas de asistencia a clase a través de los padres o personas legalmente reconocidas como tutores.

2.- Participar activamente en las actividades orientadas al desarrollo del currículo, siguiendo las directrices del profesorado.

3.- El respeto a los horarios de entrada y salida al Centro así como  las actividades programadas por el Centro.

4.- El respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y compañeras.

5.- La obligación de realizar las actividades escolares para consolidar su aprendizaje que le sean asignadas por el profesorado.

6.- Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa, así como la igualdad entre hombres y mujeres.

7.- Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro docente y contribuir al desarrollo del Proyecto Educativo del mismo y de sus actividades.

8.- Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro.

9.- Participar en los Órganos del Centro que correspondan, así como en las actividades que este determine.

10.- Utilizar adecuadamente las instalaciones y el material didáctico, contribuyendo a su  conservación y mantenimiento, y respetar las pertenencias de los otros miembros de la Comunidad Educativa, evitando su deterioro intencionado.

       11.- Participar en todas las actividades complementarias y extraescolares comprometidas.

 12.- Conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, con el fin de formarse en los valores y principios recogidos en ellos.

        13.-  Respetar los espacios reservados a profesores, servicios  administrativos y personal no   docente.

 14.-  A asistir debidamente aseados, traer todos sus materiales y reponerlos cuando se   deterioren.

Artículo 3. Derechos del alumnado.

 

1.- A recibir una formación que asegure su pleno desarrollo como persona y de sus capacidades.

 2.- A que se tenga en cuenta su ritmo de aprendizaje y que se estimule el esfuerzo

personal, la motivación por el aprendizaje y la responsabilidad individual.

3.- A que se respeten sus convicciones religiosas y morales de acuerdo con la Constitución, así como su integridad y dignidad personales.

4.- A ser educados dentro de unos valores de  comprensión, tolerancia , respeto y convivencia democrática.

5.- A una  educación que favorezca la asunción de una vida responsable para el logro de una sociedad libre e igualitaria, así como la adquisición de hábitos de vida saludable, la conservación del medio ambiente y la sostenibilidad.

6.- A la protección contra la agresión física y moral.

7.-A la igualdad de oportunidades y de trato, mediante el desarrollo de políticas educativas de integración y compensación.

8.- A que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene.

9.- A la confidencialidad de sus datos personales y familiares.

10.-A participar en la  vida del Centro y en cualquier actividad planificada por el Centro.

11.-A recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que dificulten su aprendizaje.

12.-A que el Centro le facilite cuantas oportunidades y servicios educativos sean posible para que  puedan desarrollarse física, mental y socialmente en condiciones de libertad y dignidad.

13.- Al estudio y al aprendizaje y  que este derecho no se vea  alterado por los demás compañer@s.

14.- A que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad.

15.- A conocer con antelación la fecha de los exámenes y criterios de evaluación.

16.- A la revisión de las pruebas o controles una vez corregidos y solicitar aclaraciones al profesorado sobre los mismos.

17.- A ser informado de cuantas cuestiones puedan ser de su interés( puede realizarse oralmente, por escrito, en la web  o a través de los diferentes blogs del colegio)

18.- A tener las mismas oportunidades si tener en cuenta diferencias en cuanto al género, religión o nivel cultural.

19.- A utilizar las instalaciones del Centro con las limitaciones derivadas de la programación de actividades escolares y extraescolares, y con las precauciones necesarias en relación con la seguridad de las personas, la adecuada conservación de los recursos y el correcto destino de los mismos.

20.-El acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en la práctica educativa y el uso seguro de Internet en los centros docentes.

21.- A recibir auxilio inmediato en caso de accidente o enfermedad súbita.

22.- A participar en las actividades complementarias del Centro, su ciclo o curso.

23.- A participar en las actividades extraescolares.

24.-A conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía.

25.- A ser informado de sus derechos y deberes, así como de las normas de convivencia establecidas en el centro, de forma adecuada a su edad.

 

 

Artículo  4. Ejercicio efectivo de determinados derechos.

  1. Para facilitar las señas de identidad en nuestro Centro centradas en la educación en valores y la convivencia entre todos los sectores educativos, cada maestro deberá incorporar en su programación todas aquellas actuaciones emanadas de los distintos programas y proyectos aprobados por el ETCP de la Ciudadanía.
  2. Para favorecer el ejercicio de la libertad de expresión del alumnado, desde la Jefatura de Estudios, a través de los Programas del Centro, se favorecerá la organización y celebración de debates y asambleas adecuadas a su edad.
  3. Se empezará el día escribiendo una frase expuesta en la Agenda Escolar para su posterior debate.
  4. Se publicarán las conclusiones de las Asambleas en los tablones de anuncios respectivos de cada aula, de los pasillos, en los blogs de aula.
  5. Para favorecer lo anterior, se agrupará al alumnado en pequeños grupos, preferentemente de 4 componentes que se irán cambiando cada 6 semanas.

 

Artículo 5. Atención y cuidados en el Centro.

  1. El alumnado que se encuentre en clase podrá salir de la misma para asistir a consulta médica pudiendo luego ser reingresado en el Centro bajo las siguientes condiciones:
    • Debe ser recogido por los padres o familiar autorizado.
    • Debe firmar documento que quedará en el Centro.
    • Deberá justificar su salida del Centro mediante certificado o receta del médico u otro documento la asistencia a Consulta.
    • Si acude al Centro, después de la visita médica, se hará constar en el documento firmado la hora de su reingreso.
  2. Cuando algún alumno/a se pone enfermo en clase el maestro enviará aviso a la familia para que venga a hacerse cargo de él, salvo que el profesor/a considere que pueda ser grave, en cuyo caso el Centro arbitrará las medidas para trasladar al alumno/a inmediatamente al Centro Médico próximo, avisando a los familias para que acudan al mismo.
  3. A principios de curso las familias facilitarán números de teléfono a través de la Agenda Escolar donde se podrán localizar en caso de incidencias.
  4. Las familias cumplimentarán una autorización en la Agenda Escolar para poder acudir a un centro hospitalario o sea atendido su hijo o hija en caso que no se haya podido contactar con la familia telefónicamente.
  5. Cuando se prevea que el accidente pueda ser de cierta importancia y requiera la inmovilización del alumno/a, se avisará inmediatamente a los servicios de urgencia.

 

  1. A principios de cada curso se pedirá a las familias comuniquen al Tutor/a los datos médicos de importancia así como los medicamentos que toman en caso de enfermedad crónica a través de la Agenda Escolar (dicha página deberá ser firmada por padre y madre) y se elaborará una relación de alumnos/as con problemas puntuales conocidos y notificados.
  2. Como norma general, el profesorado NO proporcionará al alumnado medicación alguna. Cuando por enfermedad crónica, o por otros motivos, algún alumno/a necesite cuidados médicos o administración de algún medicamento durante el periodo lectivo se actuará como se especifica en el siguiente artículo.
  3. g) En caso que un niño o niña deba medicarse, serán los padres o personas autorizadas, bajo la supervisión de la Dirección, los que administrarán los medicamentos.

 

Artículo 6.  Procedimiento para la administración de medicamentos.

  1. Cuando algún alumno/a o alumna necesite medicación de forma continuada se actuará siguiendo el siguiente protocolo:

1.- Actuaciones Secretaría

* Durante el periodo de matriculación, los padres/madres o tutores/as de los/as alumnos/as nuevos/as rellenarán una ficha dentro del programa de acogida del Centro en donde se recoge si el alumno/a padece alguna enfermedad que suponga el tener que administrar en el Centro algún medicamento. Además, si lo estiman oportuno, podrán aportar cualquier otra información médica que consideren de interés para el profesorado.

* La Administración del Centro pasará dicha información al expediente académico personal de cada alumno/a.

* La Secretaría del Centro, al finalizar dicho periodo de matriculación, elaborará un listado con la relación de alumnos/as y datos más relevantes aportados por los padres/madres o tutores/as legales que trasladarán a la Jefatura de Estudios. Así mismo, también elaborará un listado con todos los teléfonos de urgencias médicas de la localidad que hará público distribuyéndolo por la Sala de Profesores , Despachos y Aulas.

                2.- Actuaciones Jefatura de Estudios

* La Jefatura de Estudios comunicará a los tutores/as los niños que tengan dicha circunstancia.

* Los Tutores/as informarán al resto del equipo Docente.

* La Jefatura de Estudios elaborará un listado con este alumnado que se hallará en un lugar visible en la Jefatura de Estudios.

   3.- Actuación Departamento de Orientación

* Al principio de curso el Orientador del E.O.E. de la zona solicitará una información más profesional sobre actuaciones en cada caso.

* Dicha información la trasladará a la Jefatura de estudios que la trasladará posteriormente a los tutores/as,  y éstos a los Equipos Educativos correspondientes.

4.- Actuación Dirección

* El Director del Centro se entrevistará a principio de curso con los padres/madres o tutores/as legales que hayan solicitado la colaboración del profesorado para la administración de medicamentos o una especial atención por problemas médicos de sus hijos.

* Informará y solicitará a los padres/madres o tutores/as legales la documentación necesaria (Documento de consentimiento e informe médico) según el informe 463/97-B.

* Así mismo, el Director del Centro será el receptor y custodio de la oportuna medicación informando con claridad de su localización (Botiquín del Centro o Despacho de la Dirección u otro lugar).

* Este protocolo, también se aplicará de cualquier manera y con el mismo procedimiento a cualquier alumno/a que se encuentre con esta problemática una vez finalizados los plazos ordinarios de matriculación.

 

  1. Protocolo de actuación en caso de crisis convulsivas.

En el  caso de que los padres y madres soliciten al tutor/a la administración de medicación anticonvulsivante:

* Se exigirá a la familia la presentación del informe del pediatra o neurólogo/a donde se especifique el diagnóstico y prescripción de medicamento en caso de crisis. Este informe deberá incluir el nombre del medicamento, presentación, vía de administración, dosis y cualquier información que pueda ser de interés sobre el paciente (posibles interacciones medicamentosas).

* La persona responsable del alumno/a en el Centro prestará los primeros auxilios en caso de presentarse una crisis epiléptica, según las instrucciones recibidas (deber de socorro y auxilio que obliga a todo ciudadano).

* Informar a los padres, madres y profesores/as sobre los beneficios y riesgos de administrar la medicación en el caso de una crisis y siempre bajo la prescripción del neurólogo/a.

* Los padres y madres deberán firmar un documento de consentimiento informado en el que se solicita y autoriza la administración del medicamento por parte del personal docente (Anexo 1).

* Al profesor o profesora se le informará e instruirá sobre el manejo de esta medicación y técnica de administración.

 

 

Artículo 7. Protocolo de actuación en supuestos de acoso escolar.

 

  1. a) Características del acoso escolar.

El acoso escolar es entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico hacia un alumno o alumna producido por uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado.

Es importante no confundir este fenómeno con agresiones esporádicas entre el alumnado y otras manifestaciones violentas que no suponen inferioridad de uno de los participantes en el suceso y que serán atendidas aplicando las medidas a través del Plan de Convivencia.

El acoso escolar presenta las siguientes características:

- Intencionalidad. La agresión producida no constituye un hecho aislado y se dirige a una persona concreta con la intención de convertirla en víctima.

- Repetición. Se expresa en una acción agresiva que se repite en el tiempo y la víctima la sufre de forma continuada.

- Desequilibrio de poder. Se produce una desigualdad de poder físico, psicológico o social, que genera un desequilibrio de fuerzas en las relaciones interpersonales.

- Indefensión y personalización. El objetivo del maltrato suele ser un solo alumno o alumna, que es colocado de esta manera en una situación de indefensión.

- Componente colectivo. Normalmente no existe un solo agresor o agresora, sino varios.

- Observadores pasivos. Las situaciones de acoso normalmente son conocidas por terceras personas que no contribuyen suficientemente para que cese la agresión.

 

 

 

  1. b) Tipos de acoso.

La agresión y el acoso pueden adoptar distintas manifestaciones:

- Exclusión y marginación social.

- Agresión verbal.

- Vejaciones y humillaciones.

- Agresión física indirecta.

- Agresión física directa.

- Intimidación, amenazas, chantaje.

- Acoso a través de medios tecnológicos. Intimidación, difusión de insultos, amenazas o publicación de imágenes no deseadas a través del correo electrónico, páginas

web o mensajes en teléfonos móviles.

- Acoso o agresión contra la libertad y orientación sexual.

- Acoso sexual o abuso sexual.

 

  1. c) Consecuencias del acoso.

- Para la víctima: puede traducirse en fracaso escolar, trauma psicológico, riesgo físico, insatisfacción, ansiedad, infelicidad, problemas de personalidad….

- Para el agresor o agresora: puede ser la antesala de una futura conducta antisocial, una práctica de obtención de poder basada en la agresión, que puede perpetuarse en la vida

adulta e, incluso, una sobrevaloración del hecho violento como socialmente  recompensado.

- Para los compañeros y compañeras observadores: puede conducir a una actitud pasiva y complaciente o tolerante ante la injusticia.

  1. d) PROTOCOLO

 

Paso 1. Identificación y comunicación de la situación. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa que tenga conocimiento o sospechas de una situación de acoso sobre algún alumno o alumna, tiene la obligación de comunicarlo a un maestro o maestra , al tutor o tutora, a la persona responsable

de la Orientación en el Centro o al Equipo Directivo… En cualquier caso, el receptor o

receptora de la información siempre informará al Director o Directora o, en su ausencia, a un miembro del Equipo Directivo.

 

Paso 2. Actuaciones inmediatas.

Tras esta comunicación, se reunirá el Equipo Directivo con el tutor o tutora de los alumnos o alumnas afectados y la persona o personas responsables de la orientación en el Centro para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que proceda.

La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la información recogida y las actuaciones acordadas.

En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de acoso escolar se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección de

Educación.

 

Paso 3. Medidas de urgencia.

En caso de estimarse necesario, se adoptarán las medidas de urgencia que se requieran para proteger a la persona agredida y evitar las agresiones:

- Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumno o alumna acosada, así como medidas específicas de apoyo y ayuda.

- Medidas cautelares dirigidas al alumno o alumna acosador.

 

 

 

Paso 4. Traslado a las familias o responsables legales del alumnado.

El tutor o tutora, o la persona o personas responsables de la orientación en el centro, previo conocimiento del Equipo Directivo, con la debida cautela y mediante entrevista, pondrán

el caso en conocimiento de las familias o responsables legales del alumnado implicado, aportando información sobre la situación y sobre las medidas adoptadas.

 

Paso 5. Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna acosado.

El Director o Directora, con las debidas reservas de confidencialidad y protección de la intimidad de los menores afectados y la de sus familias o responsables legales, podrá informar de la situación al Equipo Docente del alumnado implicado.

Si lo estima oportuno informará también al resto del personal del Centro y a otras instancias externas (sociales, sanitarias o judiciales, en función de la valoración inicial).

 

Paso 6. Recogida de información de distintas fuentes.

Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el Equipo Directivo recabará la información  relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a continuación:

- Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado.

- Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del centro, en clase, o en actividades complementarias y extraescolares.

- Asimismo, la Dirección del Centro solicitará  al Equipo de Orientación Educativa que,

con la colaboración de la persona que ejerce la tutoría, complete la información. Esto se hará, según el caso, observando al alumnado afectado, contrastando opiniones con otros compañeros y compañeras, hablando con el alumnado afectado o entrevistando a las familias o responsables legales del alumnado.

Si se estima conveniente, se completará la información con otras  complementarias, tales como el personal de administración y servicios o de los servicios sociales correspondientes.

- Una vez recogida toda la información, el Director o Directora realizará un informe con los datos obtenidos, para lo que contrastará la información aportada por las diferentes fuentes.

En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:

- Garantizar la protección de los menores o las menores.

- Preservar su intimidad y la de sus familias o responsables legales.

- Actuar de manera inmediata.

- Generar un clima de confianza básica en los menores o las menores.

- Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.

- No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.

 

Paso 7. Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias.

Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del Director o Directora a la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la convivencia o de medidas disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de lo establecido en el Plan de Convivencia.

Estas correcciones o medidas disciplinarias se registrarán según lo establecido en el

artículo 12.1 de la Orden de 20 de junio de 2011.

 

Paso 8. Comunicación a la comisión de convivencia.

El Director o Directora trasladará el informe realizado así como las medidas disciplinarias aplicadas, a la Comisión de Convivencia.

 

Paso 9. Comunicación a la inspección educativa.

El Equipo Directivo remitirá el informe al Servicio Provincial de Inspección de Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, tal como se establece en el Paso 2 de este protocolo.

 

Paso 10. Medidas y actuaciones a definir.

El Equipo Directivo, con el asesoramiento de la persona o personas responsables de la orientación educativa en el centro, definirá un conjunto de medidas y actuaciones para cada caso concreto de acoso escolar. Asimismo, si se considera necesario, podrá contar con el asesoramiento del Gabinete Provincial de Asesoramiento sobre la Convivencia Escolar y de la

Inspección Educativa.

Estas medidas y actuaciones se referirán, tanto a las que sean de aplicación en el centro y en el aula, como a las que sean de aplicación al alumnado en conflicto, que garanticen el tratamiento individualizado tanto de la víctima como de la persona o personas agresoras, incluyendo actuaciones específicas de sensibilización para el resto del alumnado así como para el alumnado observador. Todo ello, sin perjuicio de que se apliquen al alumnado acosador las medidas correctivas recogidas en el Plan de Convivencia.

Con carácter orientativo, se proponen las siguientes medidas y actuaciones para cada caso de acoso escolar:

- Actuaciones con la persona acosada: actuaciones de apoyo y protección expresa e indirecta, actividades de educación emocional y estrategias de atención y apoyo social, intervención individualizada por la persona orientadora para el aprendizaje y desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, autoestima y asertividad y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en materia de protección de menores.

- Actuaciones con el alumnado agresor: aplicación de las correcciones correspondientes estipuladas en el Plan de Convivencia, actuaciones educativas en el Aula de Convivencia del

centro, en su caso, o programas y estrategias específicos de modificación de conducta y ayuda personal, y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en materia

de protección de menores.

- Actuaciones con los compañeros y compañeras observadores pasivos: actuaciones de desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, emocionales y de empatía, campañas de sensibilización así como actividades de mediación y de ayuda entre iguales.

- Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o hijas, sean víctimas o agresores, actuaciones para una mejor coordinación y comunicación sobre el proceso socioeducativo de sus hijos o hijas, información sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos, así como establecimiento de compromisos de convivencia.

- Actuaciones con el profesorado y el personal de administración y servicios: orientaciones sobre cómo intervenir positivamente en la situación y cómo hacer el seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección, así como actividades de formación específica.

La Dirección del Centro se responsabilizará de que se lleven a cabo las medidas y actuaciones previstas, informando periódicamente a la Comisión de Convivencia, a las familias o

responsables legales del alumnado y al inspector o inspectora de referencia del grado del cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado implicado.

 

Paso 11. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado.

Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas para el

grupo, nivel y centro educativo, observando en todo momento confidencialidad absoluta en el tratamiento del caso.

 

 

 

Paso 12. Seguimiento del caso por parte de la inspección educativa.

El inspector o inspectora de referencia realizará un seguimiento de las medidas y actuaciones definidas y aplicadas, así como de la situación escolar del alumnado implicado.

 

Artículo 8. En caso de sospecha de maltrato infantil. Protocolo de actuación.

 

  1. a) Características del maltrato infantil.

Se entenderá por maltrato infantil cualquier acción, omisión o trato negligente, no accidental,

por parte de los padres o madres, cuidadores o cuidadoras o instituciones, que comprometa la satisfacción de las necesidades básicas del menor o la menor, e impida o interfiera en su

desarrollo físico, psíquico y/o social.

 

  1. b) Tipología del maltrato.

- Maltrato físico: cualquier acto, no accidental, ocasionado a un menor o una menor por su progenitor o progenitora o sustituto o sustituta que le provoque daño físico o enfermedad,

o le coloque en situación de riesgo grave de padecerla.

- Maltrato psicológico/emocional: las personas adultas del grupo familiar manifiestan de forma reiterada una hostilidad verbal hacia el menor o la menor, a través de insultos, desprecio, crítica o amenaza de abandono y un constante bloqueo de las iniciativas infantiles de interacción (desde la evitación hasta el encierro). Asimismo, puede producirse abandono psicológico/ emocional a través de una ausencia persistente de respuesta a las señales, expresiones emocionales y conductas procuradoras de proximidad e interacción iniciadas por el menor o la menor y una falta de contacto o de expresividad emocional en las interacciones mutuas, por parte de una figura adulta estable.

- Maltrato pasivo por negligencia o abandono físico/cognitivo: las necesidades físicas y psicológicas básicas del menor o la menor (alimentación, vestido, higiene, protección y vigilancia en las situaciones potencialmente peligrosas, educación y cuidados médicos) no son atendidas temporal o permanentemente por ningún miembro del grupo que convive con él.

- Abuso sexual: cualquier clase de contacto o interacción sexual de una persona adulta con un menor, en la que la persona adulta, que por definición goza de una posición de poder o autoridad sobre aquel o aquella, lo utiliza para la realización de actos sexuales o como objeto de estimulación sexual. También se contempla su comisión por personas menores de 18 años, cuando sean significativamente mayores que el menor o la menor-víctima o cuando estén en una posición de poder o control sobre este o esta.

- Corrupción: cuando la persona adulta incita al menor o la menor a la realización o implicación en conductas antisociales, autodestructivas o desviadas, particularmente en las áreas de agresión, sexualidad (contempladas ya en el abuso sexual) o uso de sustancias adictivas, dificultando la normal integración social infantil y pudiendo producir una incapacidad para las experiencias sociales normales.

- Explotación laboral: los padres, madres o cuidadores y cuidadoras asignan al menor o la menor con carácter obligatorio, y para la obtención de beneficios económicos o similares, la realización continuada de trabajos (domésticos o no) que exceden los límites de lo habitual, deberían ser realizados por personas adultas e interfieren de manera clara en sus actividades

y necesidades sociales y/o escolares.

- Síndrome de Munchaüsen por poderes: los padres, madres o cuidadores y cuidadoras someten al niño o la niña a continuos ingresos y exámenes médicos, alegando síntomas físicos patológicos ficticios o generados de manera activa por ellos mismos (mediante la inoculación de sustancias al niño o la niña, por ejemplo). Como consecuencia, el menor o la menor se ve sometido a continuos ingresos, exámenes médicos y pruebas diagnósticas molestas e innecesarias y que, incluso, pueden ser perjudiciales para su salud física y mental.

- Maltrato prenatal: abuso de drogas o alcohol durante el embarazo, o cualquier circunstancia vital de la madre que se haga incidir voluntariamente en el feto, y que provoca que el bebé nazca con un crecimiento anormal, patrones neurológicos anómalos, con síntomas de dependencia física de dichas sustancias, u otras alteraciones imputables a su consumo por parte de la madre.

- Retraso no orgánico en el crecimiento: también denominado retraso psicosocial del crecimiento, se refiere al diagnóstico médico de aquellos niños que no incrementan su peso con normalidad en ausencia de una enfermedad orgánica. Sin embargo, se produce una ganancia sustancial de peso durante la estancia en el hospital o bien hay una recuperación del retraso evolutivo cuando el niño dispone de un ambiente de cuidados adecuados. Aparece por lo general en niños menores de dos años y se caracteriza por la desaceleración o retraso del desarrollo físico, sin que exista un cuadro clínico que lo justifique. También puede producirse un funcionamiento emocional y del desarrollo deficientes.

- Maltrato institucional: cualquier programa, legislación, procedimiento o actuación u omisión por parte de organizaciones o instituciones públicas o privadas o bien procedente del comportamiento individual de un profesional que conlleve abuso, negligencia, detrimento de la salud, del desarrollo y de la seguridad o que viole los derechos básicos de los menores.

Los indicadores y niveles de gravedad en función de la tipología del maltrato se encuentran descritos en el Manual de Instrucciones para la cumplimentación y tramitación de la hoja

de detección y notificación del maltrato infantil, editado por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

 

  1. c) Clasificación del maltrato en cuanto a la gravedad.

- Casos de maltrato leve: cuando la conducta maltratanteno es frecuente y su intensidad es mínima. Los efectos del maltrato recibido no han provocado daños en el menor o la menor ni se prevé que se produzcan. Si se ha producido daño, éste no es significativo, por no requerir intervención o tratamiento especializado. En estas circunstancias se procurará, siempre que sea posible, la intervención con las familias o responsables legales del menor o la menor, desde el propio ámbito que haya detectado el maltrato, en colaboración con los servicios sociales correspondientes, los cuales prestarán el apoyo y asesoramientos necesarios.

- Casos de maltrato moderado: cuando el maltrato recibido, por su intensidad o frecuencia, ha provocado daños en el menor o la menor, o se prevé que puedan producirse en su futuro

desarrollo. Por tanto se requiere de algún tipo de intervención o tratamiento especializado, así como el establecimiento de un plan de intervención interdisciplinar y personalizada por parte de los servicios sociales correspondientes, en coordinación entre otros, con los servicios educativos y sanitarios, para salvaguardar la integridad del menor o la menor dentro de su núcleo familiar.

- Casos de maltrato grave: cuando los efectos del maltrato recibido puedan hacer peligrar la integridad física o emocional del menor o la menor, o provocar daños significativos en su desarrollo, o existe un alto riesgo de que puedan volverse a producir los episodios de maltrato, o bien el niño o niña esmuy pequeño o padece algún tipo de enfermedad o discapacidad que lo hacen especialmente vulnerable. Estas circunstancias podrán implicar la adopción de una medida protectora por parte de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de protección del menor, o en su caso, laderivación a los servicios sociales correspondientes para un tratamiento especializado en el medio.

 

  1. d) PROTOCOLO

 

Paso 1. Identificación y comunicación de la situación.

De acuerdo con la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor, y sin perjuicio del deber general de denuncia previsto en la normativa estatal de aplicación, cualquier persona o entidad y, en especial la que por razón de su profesión o finalidad tenga noticia de la existencia de una situación de maltrato, deberá ponerlo en conocimiento de cualquier autoridad, que inmediatamente lo comunicará a la Administración competente, Autoridad Judicial o Ministerio Fiscal.

Por tanto, cualquier miembro de la Comunidad Educativa que tenga conocimiento o sospechas de una situación de maltrato infantil tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del Equipo Directivo a través de las vías ordinarias que el Centro tenga establecidas para la participación de sus miembros.

 

Paso 2. Actuaciones inmediatas.

Tras esta comunicación, se reunirá el Equipo Directivo con el tutor o tutora del alumno o alumna afectado y la persona o personas responsables de la orientación en el Centro, para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que proceda.

La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la información recogida y las actuaciones acordadas.

En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de maltrato infantil, se informará del inicio del protocolo  al Servicio Provincial de Inspección de Educación.

 

Paso 3. Servicios médicos.

Cuando se sospeche de la existencia de lesiones, algún miembro del equipo directivo acompañará al menor o la menor a un centro sanitario para su valoración clínica, informando posteriormente a la familia de la actuación realizada.

En cualquier caso, se solicitará un informe o parte de lesiones, que se adjuntará al informe realizado.

 

Paso 4. Evaluación inicial

La Dirección del Centro solicitará al Equipo de Orientación Educativa que corresponda

la evaluación inicial del caso, en la que colaborará el tutoro tutora o el Equipo Docente, con la información que haya obtenido del menor o la menor, y de su familia.

Esta información se recabará, según el caso:

- Observando al menor o la menor.

- Contrastando opiniones con otros compañeros y compañeras.

- Hablando con el menor o la menor.

- Entrevistando a la familia.

- Si se estima conveniente, se contactará asimismo con los servicios sociales y con cualquier otra fuente que pueda aportar alguna información.

En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:

- Garantizar la protección del menor o la menor.

- Preservar su intimidad y la de su familia.

- Actuar de manera inmediata.

- Generar un clima de confianza básica en el menor o la menor.

- Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.

- No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.

 

Paso 5. Hoja de Detección y Notificación del maltrato infantil.

A través de la información recogida, se determinará el nivel de gravedad del maltrato caso de existir, y se cumplimentará un ejemplar de la Hoja de Detección y Notificación, contemplada en el Sistema de Información sobre Maltrato Infantil en Andalucía, según lo establecido en la Orden de 23 de junio de 2006, por la que se aprueban los modelos de la Hoja de Detección y Notificación del Maltrato Infantil.

La citada Hoja de Detección y Notificación presenta dos modalidades, la versión impresa y la informática, a la cual se puede acceder a través del Sistema de Información Séneca, o

directamente a través de la web SIMIA, a la que puede accederse desde la página web de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a través del siguiente enlace:

 https://www.juntadeandalucia.es/igualdadybienestarsocial/simia, en el cual es posible realizar su cumplimentación y envío automático a los Servicios de Protección de Menores de las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, para los casos que se consideren graves.

Esta Hoja consta de tres ejemplares, el primero de los cuales será conservado por el Centro Educativo, mientras que los otros dos se remitirán de forma conjunta a los servicios

sociales correspondientes de acuerdo al nivel de gravedad del maltrato. Los tres disponen de la misma clave para la identificación inequívoca del caso.

La Hoja de Detección y Notificación dispone de una serie de apartados a cumplimentar por el Centro Educativo, referidos a los datos de identificación del menor o la menor, la fuente de detección, la instancia a la que se comunica el caso, la tipología e indicadores del maltrato, la valoración de su nivel de gravedad, el origen del maltrato, así como las observaciones que se consideren pertinentes. Otros apartados de la Hoja de Detección y Notificación son para uso exclusivo de los servicios sociales competentes (órgano que propone la inscripción, provincia y fecha de la propuesta).

Una vez cumplimentada la Hoja, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 8 del Decreto 3/2004, por el que se establece el Sistema de Información sobre Maltrato Infantil en Andalucía, se procederá del modo siguiente:

- El Centro Educativo conservará para sí el primer ejemplar, correspondiente al Servicio o Centro Notificador, y enviará los dos restantes a los servicios sociales de la Corporación

Local competente, en el caso de que el maltrato se considere leve o moderado, o bien al Servicio de Protección de Menores de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, cuando se haya valorado como grave.

- Cuando se haga uso de la versión informática de la Hoja, si el maltrato es leve o moderado, se imprimirán los tres ejemplares de la misma para su posterior envío por correo normalizado

de acuerdo a lo mencionado en el párrafo anterior.

- En los casos graves se podrá realizar el envío telemático a la Delegación Provincial, y se conservará, previa impresión, el ejemplar correspondiente al profesional que notifica.

Todo ello no es incompatible con la utilización de cualquier medio de comunicación que se estime necesario, especialmente en los casos de urgencia donde pueda estar en peligro la integridad del menor o la menor.

 

Paso 6. Derivación en función de la gravedad.

Según lo dispuesto en la Orden de 11 de febrero de2004, por la que se acuerda la publicación del texto íntegro del Procedimiento de Coordinación para la Atención a Menores

Víctimas de Malos Tratos en Andalucía, el Centro actuará de la siguiente forma, atendiendo a la gravedad de la situación detectada:

- Casos de maltrato leve: pueden ser resueltos a través de actuaciones planificadas por el propio Centro Educativo. La Dirección lo notificará a los servicios sociales de la Corporación Local mediante el envío de la Hoja de Detección y Notificación y del informe realizado sobre el caso, para su conocimiento, conservando en su poder su propio ejemplar.

- Casos de maltrato moderado: la Dirección lo notificará a los servicios sociales de la Corporación Local mediante el envío de la Hoja de Detección y Notificación y del informe realizado sobre el caso, para su estudio e intervención; y al Servicio Provincial de Inspección de Educación, conservando en su poder su propio ejemplar.

- Casos de maltrato grave: la Dirección lo notificará al Servicio Provincial de Inspección de Educación, al Servicio de Protección de Menores de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y en su caso, al Juzgado de Guardia del partido judicial correspondiente adjuntando los informes técnicos pertinentes, conservando en su poder su propio ejemplar.

- Casos urgentes: se efectuará una notificación inmediata a la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, Autoridad Judicial o Ministerio Fiscal, además de a todas las instituciones anteriores. Asimismo se tomarán las medidas oportunas para garantizar la atención que el menor o la menor requiera, tales como su acompañamiento a centros sanitarios, o la petición de protección policial.

 

  1. e) Evaluación y seguimiento.

En todos los casos de maltrato, haya sido necesaria o no la intervención de agentes externos al centro educativo, el Equipo Directivo realizará un seguimiento de la situación y de las condiciones en que se encuentre el alumno o alumna afectado.

Para ello, periódicamente realizará un análisis de la situación basándose en los indicadores que detectaron la situación, recabando la información que fuera necesaria. De volver a detectarse una situación de maltrato, volvería a iniciarse el proceso, siempre en este siempre en este caso notificándolo a las autoridades competentes.

 

Artículo 9. Alumnado de nueva incorporación en Educación Infantil.

 

  1. La Jefatura de Estudios mantendrá contactos con la Guardería Infantil para recabar la mayor información posible y organizar un periodo de adaptación del alumnado de nueva incorporación.
  2. La agrupación del nuevo alumnado se realizará en base de los siguientes criterios:
    • Edad
    • Alumnado inmigrante.
    • Alumnado con ambientes disruptivos familiares.
    • Alumnado con dificultades en el aprendizaje.
    • Alumnado con nee.
  3. La normativa base de aplicación para el presente protocolo queda recogida en el Decreto 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes, a excepción de los universitarios.
  4. Dada la redacción de tal Decreto, en su punto 2 del artículo 6, se entiende que la medida de flexibilización horaria encaminada a la adaptación del alumnado de nuevo ingreso en Educación Infantil, no se trata de una medida de carácter generalizado, sino encaminada a aquel alumnado que asiste a clase por primera vez y que presenta dificultades para su integración en el ámbito escolar.
  5. Esta medida, siempre que se realice, detallará a las familias el tiempo de permanencia de sus hijos/as en el Centro docente, que de manera gradual y progresiva será cada vez más amplio. En todo caso, una vez transcurridas dos semanas desde el comienzo de curso, el horario de la totalidad del alumnado deberá ser el establecido con carácter general para este nivel educativo.
  6. Según tal artículo, corresponde al profesorado de nuestro Centro que ejerce la tutoría de tal nivel el apreciar la conveniencia de aplicar la flexibilización horario a un alumno o alumna determinado y, en su caso, decidir la adopción de esta medida, de común acuerdo con los padres, madres, o representantes legales del alumno/a.
  7. Una vez observados los anteriores apuntes normativos, se hace preciso detallar, para evitar malos entendidos entre las familias y el profesorado del Colegio, el acordar una serie de puntos que haga posible el alcanzar acuerdos y evitar posturas encontradas. No obstante, la postura del Colegio es mantener la flexibilización horaria de la forma más generalizada posible, puesto que se ha ido observando con el paso de los cursos académicos anteriores que ha sido muy beneficiosa de cara al alumnado.
  8. En todo caso la Dirección junto a los tutores/as mantendrán una reunión con las familias a principios de curso para acordar las directrices.
  9. El periodo de adaptación en nuestro Centro será consensuado con las familias y aprobado por el Consejo Escolar.
  10. Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, se considerarán las siguientes situaciones como motivos de exclusión del niño/a del periodo de adaptación:

1.- Que el niño/a haya estado en guardería el curso anterior.

2.- Que las actitudes mostradas por el niño/a hagan pensar a la familia que no necesita periodo de adaptación (que sea muy sociable, que no se aprecie excesivo apego a los padres…).

3.- Que el padre y la madre tengan en los días programados trabajos cuyos horarios impidan el dejar o recoger al niño/a.

4.- Que no haya familiares o conocidos que puedan colaborar en los desplazamientos extraordinarios del niño/a ocasionados durante el periodo de flexibilización horaria.

 

Artículo 10    . Agrupamientos en Primaria.

  1. a) Al entrar el alumnado en Primaria se refundirán las dos clases de 5 años de Infantil para garantizar la heterogeneidad dentro del grupo clase y que las dos unidades sean lo más parecida posibles.
  2. b) Los criterios seguidos serán:

* Sexo.

* Comportamiento.

* Rendimiento académico.

* Posibles altas capacidades.

* Refuerzo.

* Inmigrantes con problemas en el idioma.

* Alumnado de nee.

* Problemática familiar.

  1. c) Los encargados de realizar el agrupamiento serán los tutores y tutoras del grupo de Infantil de 5 años en el mes de junio, debiendo ser supervisados por la Dirección y Jefatura de Estudios.
  2. d) Al final de cada Ciclo, a propuesta de los tutores y tutoras que terminen ciclo con el grupo, se podrá realizar un nuevo reagrupamiento atendiendo a los criterios antes mencionados.
  3. e) Los encargados de realizar el reagrupamiento serán los tutores y tutoras que terminar Ciclo con el visto bueno de la Dirección y Jefatura de estudios.

 

Capítulo 2 – Participación en la vida del Centro del alumnado.

 

Artículo 1. Cauces de participación.

  1. Cada aula elegirá semanalmente una responsable por aula semanal.
  2. El alumnado participará en la vida del Centro a través de las asambleas.
  3. Harán llegar sus demandas, a través del responsable del aula, al tutor/a o Dirección.

 

Artículo 12. Responsables de clase.

  1. Los responsables colaborarán con el profesorado en los asuntos que afecten al funcionamiento de la clase y, en su caso, trasladarán al tutor o tutora las sugerencias y reclamaciones del grupo al que representan.
  2. Se elegirá por orden de lista y tendrán un carácter rotatorio.

 

Artículo 13.. Funciones del Responsable de Aula:

  1. Ejercer la representación del alumnado de su clase.
  2. Mediar en la resolución de conflictos entre el alumnado y entre alumnado y profesorado.
  3. Preocuparse y velar por el buen uso de las instalaciones del aula y del Centro.
  4. Ayudar al tutor/a en el mantenimiento correcto de los materiales e instalaciones.
  5. Abrir las ventanas.
  6. Encender y apagar las luces.
  7. Llevar a la papelera de reciclaje las papeleras del papel y plástico.
  8. Supervisarán el menú para el recreo

 

Artículo 14.. El Responsable suplente de Aula

  1. a) Será al persona que siga en lista al Responsable de Aula.
  2. b) Colaborará con el responsable en los asuntos que se le reclamen.
  3. c) Sustituirá al responsable cuando no pueda ejercer su labor.

 

Artículo 15.. Cese en las funciones.

  1. El responsable de Aula podrá ser cesado de sus funciones por el Tutor/a en caso de conducta inapropiada.

 

Artículo 16. Encargado o encargada en Educación Infantil.

Se nombra un responsable por día por el tema de que para ellos una semana se considera excesivo pues aún las nociones temporales son muy elementales.
En cuanto a las funciones:
- Encabeza todas las filas que se realicen en la jornada, desde la primera hora de la mañana para entrar en clase hasta la de la salida y todos los desplazamientos que se hagan durante la jornada.
- Dirige todas las rutinas de la asamblea: día de la semana, día del mes, tiempo atmosférico, control de asistencia diaria, conceptos básicos,control de dieta diaria,....
- Se encarga de repartir los materiales a sus compañeros/as.
- Es el responsable del orden y limpieza de la clase durante todo el día.

 

Artículo 17. Las actividades complementarias y extraescolares.

  1. Se podrán establecer actividades extraescolares y complementarias con el objetivo de promover el desarrollo de la personalidad del alumnado, complementando de esta manera la acción educativa de la escuela.
  2. Las actividades extraescolares y complementarias que se programen deberán tender entre otras cosas a la consecución de:

           * Propiciar la convivencia fuera del aula.

           * Facilitar el contacto con el entorno.

           * Favorecer la formación para el ocio.

           * Potenciar la creatividad y el desarrollo de los intereses personales de cada alumno/a.

  1. Todas las actividades que se deseen establecer deberán contar con la aprobación del Consejo Escolar, y estar incluidas en el Anexo del Plan de Centro de cada curso académico.
  2. En el Anexo del Plan de Centro o en sus revisiones deberá figurar, para su aprobación por el Consejo Escolar, la programación de las actividades complementarias y extraescolares organizadas por organismos oficiales, el Claustro y por la A.M.P.A. especificando el lugar, la temporalización y los responsables.
  3. El alumnado tendrá derecho a la asistencia a dichas activiaddes. Si el maestro tutor o tutora no asistiese a la actividad por motivos diversos, el Centro garantizará la participación de dicho alumnado mediante otro maestro o maestra, monitora o monitora o la colaboración de las familias.
  4. Cuando por el carácter de urgencia quisiera establecerse una actividad extraescolar, podrá llevarse a cabo contando siempre con la aprobación del Consejo Escolar en reunión convocada a tal efecto.
  5. Para las actividades complementarias que se realicen en el término Municipal de Hinojos se elaborará una sola autorización en la Agenda Escolar.
  6. Todas aquellas actividades complementarias y extraescolares que supongan un desplazamiento en vehículo fuera del Centro, una vez aprobadas en Consejo Escolar, deberán tener su autorización correspondiente.
  7. Dentro de las actividades complementarias distinguiremos las de Centro y las de Ciclo.
  8. i) Actividades de Centro (todas tienen carácter obligatorio)

- Día Mundial de la Alimentación. 16 de octubre.

- Día Internacional de las Bibliotecas. 24 de octubre.

- Día contra la violencia de género. 25 de noviembre.

- Día de la Constitución. 6 de diciembre.

- Navidad. Última semana lectiva de diciembre.

- Salidas al Membrillo. Implican desplazamiento en vehículo particular en Infantil (ida y vuelta) y Primer Ciclo de Primaria (vuelta).

En ningún caso las familias recogerán al alumnado antes de las 15,30 horas.

Las familias esperarán al resto del alumnado en el recinto ferial.

- Cicloturismo.

- Día Escolar de la Paz y No violencia. 30 de enero.

- Día de Andalucía. 28 de febrero.

- Día de la Mujer. 8 de marzo.

- Día del Libro. 23 de abril.

- Día de Europa. 9 de mayo.

- Día Mundial del Medio Ambiente. 5 de junio.

  1. j) Actividades de Ciclo.

Las que programe cada Ciclo y especifique en el Anexo del Plan de Centro. Deberán ser comunicadas a la Dirección para la coordinación de la actividad docente

  1. k) Actividades extraescolares.

1.- Podrán solicitarse al Centro a través de:

* Plan de Familia.

* Ayuntamiento.

* AMPA.

* Otras instituciones del municipio.

2.- El Centro colaborará con todas las instituciones que promuevan actividades extraescolares entregando y recogiendo las solicitudes. Posteriormente las entregarán en Dirección.

 

3.- El alumnado de 6º curso podrá realizar un viaje fin de curso con pernoctación fuera del municipio.

4.- La Fiesta Fin de Curso se acordará en el Consejo Escolar. Se  establecerá la fecha y hora.

Se celebrará en el Parque Los Centenales.

Se organizará una Fiesta tipo Feria mediante Talleres.

 

Artículo 18. Normas de convivencia del alumnado.

  1. A) A nivel general.
  2. a) Pasados 10 minutos de la hora de entrada en el colegio no se permitirá la entrada al alumnado retrasado, sin autorización del tutor/a y justificación de dicho retraso.
  3. En caso de que un alumno o alumna llegue al Centro pasados los 10 minutos preceptivos y si el Centro de Salud no emite certificaciones y teniendo en cuenta que la familia puede justificar el retraso, se procederá de la siguiente forma:

1.- Comprobar por el maestro o maestra, previa consulta con el tutor o tutora, si es algo habitual.

2.- Si no lo es y la justificación de la familia es sospechosa, el alumno o alumna da clases ordinariamente. (Hasta tres veces por curso escolar).

3.- El tutor o tutora cita a la familia y le amonesta.

4.- Si llega tarde habitualmente y la justificación de la familia es sospechosa, el alumno o alumna no da clases ordinariamente . Se pasa al curso inmediatamente inferior y los de 1º van a 6º. El alumnado de Infantil se distribuye igualmente y el de 3 años va a 5 años.

5.- En casos extraordinarios ,  se consulta con el Equipo Directivo.

6.- Todos estos asuntos deben ser tratados en posteriores Asambleas con la familias.

 

  1. c) Hacer llegar a las familias cualquier bien sea oral o escrita que el Centro les entregue.
  2. d) El alumnado accederá al Centro sin compañía de adultos.
  3. e) Las salidas de clases del alumnado se limitarán a las ocasiones estrictamente necesarias e indispensables como dolencias, enfermedades o visitas médicas.
  4. f) Las salidas se realizarán por las cancelas habilitadas quedando prohibido saltar las verjas.
  5. g) Se respetará el edificio, las instalaciones, mobiliario y material del Centro.
  6. h) Queda prohibido el consumo de golosinas en el recinto escolar así como en las actividades complementarias y extraescolares programadas.
  7. i) el alumnado tratará con respeto a los demás ( compañeros y compañeras, profesorado, personal de administración y servicios).
  8. j) Las puertas de las clases permanecerán cerradas en el horario de recreo y sólo se podrá entrar mediante autorización del profesorado.

 

  1. B) En las aulas.
  2. a) Se propiciará un ambiente de respeto, cooperación. Tolerancia y solidaroidad.
  3. b) Se agruparán grupos de cuatro o cinco componentes, que deberán rotar cada seis semanas, para favorecer el trabajo colaborativo y en equipo.
  4. c) Respetar a los maestros/as, compañeros/as y personal no docente ( no decir palabrotas, no poner motes, no insultar, no pelear…).
  5. d) Entrar y salir ordenadamente sin carreras.
  6. e) Intervenir en las Asambleas, escuchando, levantando la mano, respetando el turno de palabra y las opiniones de los demás.
  7. f) Mantener limpia y ordenada la clase.
  8. g) Separar basuras para su reciclaje.
  9. h) Apagar las luces innecesarias. Ahorrar energía es bueno para todo y para todos/as.
  10. i) Ser solidarios/as y ayudar a los compañeros/as que lo necesiten.
  11. j) Solucionar los problemas dialogando. Debemos evitar la violencia verbal y física.
  12. k) Traer el material necesario a clase y cuidarlo.
  13. l) Cuidar el aspecto físico. Venir aseado y con ropa limpia.
  14. m) Sentarse correctamente.
  15. n) No traer chucherías. La alimentación ha de ser sana. El viernes es el día de la fruta. La fruta es necesaria para tu vida porque:

* Aumenta nuestras defensas y establece el equilibrio en nuestro organismo.

* Protege contra el cáncer.

* Evita el estreñimiento.

* Hace más fuertes tus huesos y tus dientes.

* Evita la obesidad.

* Mejora la vista.

* Purifica la sangre.

* Ayuda al crecimiento.

  1. o) Cumplir la dieta semanal propuesta por el Centro:

* Lunes: Libre

* Martes: Repostería tradicional.

* Miércoles: Lácteo

* Jueves: Bocadillo.

* Viernes: Fruta.

  1. p) No se puede salir del colegio en horas lectivas, si necesitas salir, deberás estar autorizado por escrito o ir acompañado de un familiar mayor de edad.
  2. q) Estudiar cada día y realizar las tareas en casa que el profesorado le sugiera.
  3. r) cuando la tarea sea fuera del aula, la salida y la entrada serán en silencio y en orden siempre acompañados/as por el maestro/a responsable.

 

  1. C) EN LOS SERVICIOS Y PASILLOS.
  2. a) Utilizar los servicios con orden y sin aglomeraciones.
  3. b) No abrir puertas de los servicios si se encuentran ocupados.
  4. c) Ahorrar agua y papel higiénico.
  5. d) Evitar tirar papeles de aluminio de los bocadillos a los aseos.
  6. e) Camina sin correr y sin ni por los pasillos.
  7. f) Guarda silencio cuando vayas y vengas a las clases de Educación Física. Así no molestarás a los compañeros/as que están en las clases.
  8. g) Respetar los murales de las paredes.

 

  1. D) EN EL PATIO.
  2. a) Recuerda que debes ir a los aseos para luego no molestar en clase.
  3. b) No entres en la clase ni permanezcas en los pasillos.
  4. c) Respetar y cuidar las instalaciones.
  5. d) Mantener limpio el patio.
  6. e) Respetar árboles y plantas.
  7. f) Respetar el turno de la pista y espacios asignados en los recreos.
  8. g) Compartir los espacios por igual con las niñas y con los más pequeños.
  9. h) Jugar y divertirse juntos evitando hacer juegos violentos.
  10. i) No subirse a las porterías ni canastas de baloncesto.
  11. j) No subirse a las verjas.
  12. k) Evitar pasar por el túnel que une el pasillo del Primer Ciclo con la Dirección.
  13. l) Ahorrar agua.
  14. m) Acudir pronto a clase cuando suene la sirena.
  15. n) Habrá un grupo de alumnos/as rotatorio por nivel y semana que serán colaboradores en la vigilancia en los patios siendo su función la de velar por el buen desarrollo de las actividades a realizar, de su limpieza y convencer a los posibles infractores de su conducta.
  16. o) No jugar con piedras ni objetos punzantes.
  17. p) Consumir la comida que se trae de casa. No tirarla.

 

E)EN EL COMEDOR.

  1. Lavarse las manos antes de comer.

b)Respetar a las monitoras y compañer@s.

c)No tirar comidas ni basuras al suelo.

d)Comer correctamente DE TODO.

e)Entrar ordenadamente.

f)No entrar en las aulas.

g)No salirse del espacio de recreo habilitado.

h)No salir del Centro sin autorización.

  1. i) Para otros temas relacionados con el Comedor, remitirse al Reglamento.

 

  1. F) EN EL MUNICIPIO.

             1.- Mantenerlo limpio.

2.- No pintar paredes.

3.-Cuidar la Plaza, el Parque, el Polideportivo, Colegio, Instituto…   evitando destrozos en farolas, cristales, no tirando naranjas, no saltándose a los edificios públicos que se encuentren cerrados.

4.- Cuidar jardines y plantas.

5.- Respetar las normas de educación vial.

6.- Respetar a las personas mayores.

 

Creado con eXeLearning (Ventana nueva)