📋 Registro de Inventario
De acuerdo a la ORDEN de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, en su artículo 12:
El Registro de inventario recoge los movimientos de material inventariable del centro incluyendo tanto las incorporaciones como las bajas que se produzcan. Tiene carácter de inventariable, entre otros: mobiliario, equipo de oficina, equipo informático, equipo audiovisual no fungible, copiadoras, material docente no fungible, máquinas y herramientas, material deportivo, y en general todo aquel que no sea fungible.
📑 Procedimiento del Registro
El Registro se confecciona según los Anexos VIII y VIII (bis) de la Orden. Datos obligatorios:
- Número de registro: numeración correlativa de las adquisiciones.
- Fecha de alta: cuando el material se incorpora al centro.
- Fecha de baja: cuando deja de formar parte del inventario.
- Número de unidades: altas o bajas.
- Descripción: tipo de material y características técnicas.
- Dependencia de adscripción: departamentos o unidades asignadas.
- Localización: lugar donde está el material.
- Procedencia: origen de la incorporación.
Además, podrán existir inventarios auxiliares cuando el volumen lo aconseje.
📝 Formularios de control
- Al finalizar el curso, cada tutor/a rellenará un formulario de inventario de aula.
- Los especialistas y coordinadores harán lo mismo con su material.
- El inventario de zonas comunes lo realiza el Equipo Directivo.
- El registro en Séneca es responsabilidad de Secretaría y personal habilitado.
- Existe además un Inventario de Biblioteca informatizado (Anexo IX) con títulos, editoriales, altas/bajas y observaciones.
📚 Libros de Texto
Los libros del Programa de Gratuidad serán recogidos por tutores/as al final de curso. En caso de extravío o deterioro, las familias deberán reponer el libro o abonar la cuantía correspondiente.
Año | Extravío | Deterioro |
---|---|---|
1º | 100% | 75% |
2º | 75% | 50% |
3º | 50% | 25% |
4º | 25% | 0% |
📌 Normas importantes
- No se podrá dar de baja, vender o ceder material inventariado sin la aprobación del Equipo Directivo.
- Antes del 30 de junio, el material más valioso será recogido y guardado en un lugar seguro.
- El inventario anual deberá ser aprobado por el Consejo Escolar y certificado por Secretaría (Anexo XI).