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El personal de administración y servicios

📘 Normativa de referencia

  • Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, colegios de educación primaria, colegios de educación infantil y primaria, y centros públicos específicos de educación especial.
  • VI Convenio Personal Laboral Junta de Andalucía.

📖 Capítulo 1 – Derechos y deberes del personal de administración y servicios

Artículo 34. Derechos y obligaciones

El personal de administración y servicios y de atención educativa y complementaria tendrá los derechos y obligaciones establecidos en la legislación vigente.

Será el/la secretario/a, por delegación del Director/a, quien ejercerá la jefatura de este personal, velando por el cumplimiento de sus funciones. Se realizarán reuniones trimestrales de seguimiento e intercambio de información.

Además, este personal tendrá derecho a participar en el Consejo Escolar como representantes del sector, y la Junta de Andalucía establecerá planes específicos de formación.

Artículo 35. Protección de derechos

Se promoverán acciones de reconocimiento social y se garantizará asistencia jurídica y psicológica gratuita al personal en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 36. Monitor/a de educación especial

Atiende a alumnado con necesidades educativas especiales bajo la supervisión de la dirección y profesorado especialista. Entre sus funciones:

  • Atender actividades de ocio y tiempo libre.
  • Colaborar en la programación de dichas actividades.
  • Apoyar en hábitos de higiene, aseo y conducta social.
  • Colaborar en recreos, comedor y cambios de servicio.
  • Participar en las relaciones Centro–Familia.
  • Integrarse en equipos de orientación.

Artículo 37. Conserje

Designado por el Ayuntamiento, realizará funciones como:

  • Apertura y cierre del centro y dependencias.
  • Supervisión de mantenimiento y seguridad.
  • Control de entradas y salidas.
  • Entrega de correspondencia.
  • Vigilancia y pequeñas reparaciones.

Artículo 38. Monitora Administrativa

Colabora en tareas administrativas, atención al público y apoyo a la biblioteca. Entre sus funciones:

  • Gestión de matriculaciones, archivos y Plan de Familia.
  • Atender teléfono y público.
  • Catalogación y préstamos de libros en la biblioteca.

Artículo 39. Personal del Plan de Familia

Incluye servicios de Aula Matinal, Comedor Escolar y Actividades Extraescolares. Funciones principales:

  • Aula Matinal: recepción y cuidado del alumnado desde las 7:30 h., acompañamiento a filas y fomento de hábitos sociales.
  • Comedor Escolar: atención durante comidas, control de asistencia, hábitos higiénicos y coordinación con la dirección.
  • Extraescolares: organización de talleres, cuidado del alumnado, fomento de creatividad y comunicación con familias.

Artículo 40. Vigilante de extraescolares y ampliación de horario

Funciones: apertura y cierre de dependencias, control de accesos, supervisión de actividades y comunicación de incidencias a la dirección.

Artículo 41. Limpieza

Incluye coordinadora de limpieza y personal de apoyo. Funciones:

  • Organizar tiempos y tareas de limpieza.
  • Supervisar y elaborar el Plan de limpieza.
  • Atender incidencias y comunicar a la dirección.
  • Evaluación anual en el Consejo Escolar y Claustro.

Artículo 42. Protocolos de actuación en caso de agresión

Se aplicará lo recogido en el Título II, Capítulo 1, Artículo 22.

📖 Capítulo 2 – Participación en la vida del Centro

Artículo 43. Participación en la elaboración del Plan de Centro

El personal de administración y servicios podrá hacer aportaciones y sugerencias al Plan de Centro directamente al Equipo Directivo o a través del Consejo Escolar.

Artículo 44. Participación en el Consejo Escolar

El PAS participará en el Consejo Escolar a través de sus representantes, informando a sus compañeros de los acuerdos alcanzados y trasladando sus propuestas.

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