📘 Normativa de referencia
- Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, colegios de educación primaria, colegios de educación infantil y primaria, y centros públicos específicos de educación especial.
- VI Convenio Personal Laboral Junta de Andalucía.
📖 Capítulo 1 – Derechos y deberes del personal de administración y servicios
Artículo 34. Derechos y obligaciones
El personal de administración y servicios y de atención educativa y complementaria tendrá los derechos y obligaciones establecidos en la legislación vigente.
Será el/la secretario/a, por delegación del Director/a, quien ejercerá la jefatura de este personal, velando por el cumplimiento de sus funciones. Se realizarán reuniones trimestrales de seguimiento e intercambio de información.
Además, este personal tendrá derecho a participar en el Consejo Escolar como representantes del sector, y la Junta de Andalucía establecerá planes específicos de formación.
Artículo 35. Protección de derechos
Se promoverán acciones de reconocimiento social y se garantizará asistencia jurídica y psicológica gratuita al personal en el ejercicio de sus funciones.
Artículo 36. Monitor/a de educación especial
Atiende a alumnado con necesidades educativas especiales bajo la supervisión de la dirección y profesorado especialista. Entre sus funciones:
- Atender actividades de ocio y tiempo libre.
- Colaborar en la programación de dichas actividades.
- Apoyar en hábitos de higiene, aseo y conducta social.
- Colaborar en recreos, comedor y cambios de servicio.
- Participar en las relaciones Centro–Familia.
- Integrarse en equipos de orientación.
Artículo 37. Conserje
Designado por el Ayuntamiento, realizará funciones como:
- Apertura y cierre del centro y dependencias.
- Supervisión de mantenimiento y seguridad.
- Control de entradas y salidas.
- Entrega de correspondencia.
- Vigilancia y pequeñas reparaciones.
Artículo 38. Monitora Administrativa
Colabora en tareas administrativas, atención al público y apoyo a la biblioteca. Entre sus funciones:
- Gestión de matriculaciones, archivos y Plan de Familia.
- Atender teléfono y público.
- Catalogación y préstamos de libros en la biblioteca.
Artículo 39. Personal del Plan de Familia
Incluye servicios de Aula Matinal, Comedor Escolar y Actividades Extraescolares. Funciones principales:
- Aula Matinal: recepción y cuidado del alumnado desde las 7:30 h., acompañamiento a filas y fomento de hábitos sociales.
- Comedor Escolar: atención durante comidas, control de asistencia, hábitos higiénicos y coordinación con la dirección.
- Extraescolares: organización de talleres, cuidado del alumnado, fomento de creatividad y comunicación con familias.
Artículo 40. Vigilante de extraescolares y ampliación de horario
Funciones: apertura y cierre de dependencias, control de accesos, supervisión de actividades y comunicación de incidencias a la dirección.
Artículo 41. Limpieza
Incluye coordinadora de limpieza y personal de apoyo. Funciones:
- Organizar tiempos y tareas de limpieza.
- Supervisar y elaborar el Plan de limpieza.
- Atender incidencias y comunicar a la dirección.
- Evaluación anual en el Consejo Escolar y Claustro.
Artículo 42. Protocolos de actuación en caso de agresión
Se aplicará lo recogido en el Título II, Capítulo 1, Artículo 22.
📖 Capítulo 2 – Participación en la vida del Centro
Artículo 43. Participación en la elaboración del Plan de Centro
El personal de administración y servicios podrá hacer aportaciones y sugerencias al Plan de Centro directamente al Equipo Directivo o a través del Consejo Escolar.
Artículo 44. Participación en el Consejo Escolar
El PAS participará en el Consejo Escolar a través de sus representantes, informando a sus compañeros de los acuerdos alcanzados y trasladando sus propuestas.